Ayer se publicaronen el BOE las convocatorias de las ayudas del programa Emprendetur del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
50 Millones de Euros para proyectos de I+D y de Desarrollo de Productos Innovadores y 25 Millones de Euros para proyectos de Jóvenes Emprendedores (menores de 40 años) con empresas constituidas con anterioridad menor a 24 meses antes del plazo de presentación de las solicitudes.
Las características principales de las ayudas para los proyectos de I+D y de desarrollo de Productos Innovadores son las siguientes:
Los proyectos deben tener una duración de un año y el pago será por adelantado.
Las ayudas tendrán la forma de préstamos reembolsables. El importe de los préstamos a conceder será de hasta un máximo del 75 por ciento del presupuesto financiable de la actuación, sin que la cantidad financiada pueda superar la cifra de 1.000.000 de euros o la cifra del neto patrimonial acreditado de la empresa en el momento de la solicitud.
Los préstamos tendrán un tipo de interés del 3,74 %, y un plazo de amortización de cinco años, incluyendo opcionalmente un período de carencia máximo de dos años.
Los solicitantes de estas ayudas deberán acreditar, como condición de solvencia económica en el momento de presentación de su solicitud que la suma de sus bienes y derechos, incluyendo créditos frente a terceros es superior a la suma de sus deudas incrementada en un 50 por ciento.
Se trata de ayudas compatibles con otras hasta unos máximos establecidos.
El plazo de presentación de solicitudes termina el 10 de agosto.
La acreditación de la constitución de garantías será requisito para considerar aceptada la propuesta de préstamo y adquirir la condición de beneficiario. El importe de la garantía será el 36 por ciento del importe del préstamo propuesto. La falta de acreditación de la constitución de garantías tendrá como efecto la renuncia a la ayuda propuesta.
Se aceptarán las siguientes modalidades como garantías:
a) Efectivo.
b) Valores representados en anotaciones en cuenta o participaciones en fondos de inversión, representadas por certificados nominativos.
c) Avales prestados por entidades de crédito o sociedades de garantía recíproca.
d) Seguros de caución otorgados por entidades aseguradoras.
Las garantías se liberarán a medida que se produzca el reembolso del préstamo, y una vez que el importe del préstamo vivo sea igual o menor al del préstamo avalado. La cuantía a liberar será por el importe del exceso de la garantía sobre el préstamo vivo.
Las características principales de las ayudas para los proyectos de Jóvenes Emprendedores son las siguientes:
El plazo máximo de ejecución de proyectos y modelos de negocio será de 2 años.
Los conceptos subvencionables son:
a) Alquiler o leasing.
b) Otros gastos de funcionamiento, incluidos costes de material, suministros y productos similares que se deriven directamente de la actividad del proyecto.
c) Gastos de personal: Personal Titulado Universitario y Superior no Universitario.
d) Otro personal.
e) Asesoría/Colaboraciones externas.
f) Se establece la compensación de los gastos generales y su imputación al proyecto en un tanto alzado máximo del 10 % de los costes totales de personal del proyecto, sin necesidad de justificación.
Las ayudas tendrán la forma de préstamos reembolsables. El importe de los préstamos a conceder será de hasta un máximo del 100 por 100 del presupuesto financiable de la actuación, sin que la cantidad financiada pueda superar la cifra de 1.000.000 de euros o la cifra del neto patrimonial acreditado de la empresa en el momento de la solicitud.
Los préstamos tendrán un tipo de interés del 3,74 %, y un plazo de amortización de cinco años, incluyendo opcionalmente un período de carencia máximo de dos años. No se exigirán garantías para la concesión de estas ayudas.
Los solicitantes de estas ayudas deberán acreditar, como condición de solvencia económica en el momento de presentación de su solicitud que la suma de sus bienes y derechos, incluyendo créditos frente a terceros es superior a la suma de sus deudas incrementada en un 50 por 100.
Son ayudas compatibles con otras ayudas hasta ciertos límites.
El beneficiario recibirá el abono anticipado del préstamo concedido con anterioridad a la justificación de la realización del proyecto. El abono se efectuará por la Secretaría de Estado de Turismo tras dictarse la resolución de concesión definitiva.
El plazo de presentación de solicitudes termina el 10 de agosto.