Tanto si el particular (bloguero/a) al que se le satisface el rendimiento (pago del servicio) es extranjero, como si no lo es, al no tener la condición de empresario o profesional, no está obligado a emitir factura. El empresario o profesional que contrata un servicio a dicho particular, deberá emitir un RECIBO DE PAGO (parecido a una factura pero sin numeración y especificando como título del documento: RECIBO DE PAGO/RECIBÍ), que remitirá al particular en el que se especifiquen los si... +info