Declaraciones que todo autónomo y profesional deberá afrontar

18 de marzo de 2016 | Publicado por AdandLaw

Emprender una nueva andadura profesional de forma autónoma, lleva consigo una serie de obligaciones que todo empresario y autónomo deberá afrontar. Aquí resumiremos los conceptos básicos sobre las declaraciones con las que deberán lidiar como son la declaración censal, la trimestral de retenciones e Ingresos a cuenta, la del resumen anual y la anual de operaciones con terceros, aunque dependiendo de las características de la actividad y negocio deberán asumir unas declaraciones u otras.

La declaración censal. La Administración Tributaria dispone de un Censo de Obligados Tributarios. Dentro de este, se encuentra el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, en el que deben darse de alta las personas o entidades que vayan a desarrollar actividades empresariales o profesionales o satisfagan rendimientos sujetos a retención. Además del alta inicial, los usuarios deberán presentar también, cuando existan modificaciones o decidan darse de baja. Para tramitar esta solicitud, las entidades deberán utilizar el modelo 036 y sólo las personas físicas podrán optar por el modelo 037 (modelo simplificado).

La declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta. Es necesario presentar esta declaración en caso de tener trabajadores contratados, o tener trabajadores profesionales autónomos subcontratados y que te pasen facturas con retenciones de IRPF. También será necesario, si tienes alquilado un local u oficina cuya factura incluya retención. En estos casos, se presenta el modelo 111 (retenciones a trabajadores y profesionales) de forma trimestral, o el modelo 115 (retenciones de alquileres) y pagar a Hacienda el importe de la retención que figura en las nóminas de tus trabajadores, en las facturas de tus colaboradores autónomos o en la factura de tu local.

Declaración del resumen anual. Tiene carácter informativo y recapitulativo, y se debe presentar en el mes de enero, tanto sobre retenciones e ingresos a cuenta (modelos 180, 190) como sobre el IVA (modelo 390).

Declaración anual de operaciones con terceros. Se presenta en el modelo 347 durante el mes de marzo, indicando aquellas personas o entidades, clientes o proveedores, con los que en el año anterior el conjunto de operaciones realizadas haya superado los 3.006 euros.

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