Desde el 1 de enero de este año las empresas que prestan servicios a través de Internet tienen que adaptar sus impuestos a una nueva normativa según la cual el IVA que deben aplicar sobre el precio de venta es el IVA del Estado miembro en el que se encuentre el particular que recibe el servicio. Por ejemplo, una empresa o profesional establecido en nuestro país que venda productos o servicios de manera digital a un particular residente en Alemania no debe aplicar el 21% de IVA español a dic... +info
Como introducción al presente artículo, me gustaría trasladarles a Vds., los lectores, las siguientes interrogantes: ¿conocen, a día de hoy, quién o quiénes disponen de sus datos personales y las finalidades para los cuales están siendo tratados? y, más importante aún si cabe, ¿conocen los medios legales que disponen para salvaguardar sus derechos en este ámbito? Me aventuro a contestar por Vds., y aún a riesgo de equivocarme, asegurando que ninguno es consciente del riesgo que conl... +info